Mediante la Resolución DDI-010349 de 2025, la Dirección de Impuestos de Bogotá, dependiente de la Secretaría Distrital de Hacienda, determinó que las personas naturales, jurídicas, consorcios, uniones temporales y/o sociedades de hecho deben presentar la información exógena del período fiscal 2024.
Los obligados a reportar son, entre otros:
- Los contribuyentes del impuesto de Industria y Comercio (ICA) que tengan ingresos iguales o superiores a 3.500 UVT (Unidades de Valor Tributario) deben reportar información exógena correspondiente al año gravable 2024.
- Entidades públicas y privadas que hayan efectuado compras en Bogotá por montos iguales o superiores a 70 UVT.
- Agentes de retención del ICA, emisores de tarjetas débito y crédito, administradores de fondos de inversión, inmobiliarias, aseguradoras y sociedades fiduciarias.
La presentación de la información exógena se realizará de manera escalonada entre el 1 y el 12 de septiembre de 2025. Los contribuyentes deberán reportar según el último dígito de su número de identificación: iniciando el 1 de septiembre con aquellos terminados en 0 y concluyendo el 12 de septiembre con los terminados en 9.
Para descargar la Resolución, dar clic en el siguiente enlace: Resolución DDI-010349 de 2025
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