Con la emisión de la Resolución 0063 el 30 de julio de 2021 por parte de la DIAN, se modifica el artículo 1 de la Resolución 000037 del 5 de mayo de 2021, en donde se establece que “El sistema de facturación electrónica quedará disponible para la habilitación, generación, transmisión, validación, expedición, entrega y registro, según corresponda, el dieciocho (18) de agosto de 2021 para que los anexos técnicos que forman parte integral de las resoluciones 000012 del 9 de febrero de 2021, 000013 del 11 de febrero de 2021 y 000015 del 11 de febrero de 2021, puedan ser implementados por los sujetos según corresponda.”
Igualmente modifica el numeral 1 del artículo 6 de la Resolución 000013 del 11 de febrero de 2021, modificado por el artículo 3 de la Resolución 000037 del 5 de mayo de 2021, con lo cual, el calendario de implementación para sujetos de acuerdo con el número de empleados, es:
Adicionalmente indica que los sujetos clasificados en el grupo 1 podrán generar y transmitir el documento soporte de pago de nómina electrónica y las notas de ajuste del citado documento, correspondiente al mes de septiembre de 2021, a más tardar el día 29 de octubre de 2021.
Dar clic en el siguiente enlace para descargar la Resolución: Resolución 0062 de 2021
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